Andalucía
Aragón
Asturias
Baleares
Canarias
|
Cantabria
Castilla y León
Castilla La Mancha
Cataluña |
Ceuta y Melilla
Extremadura
Galicia
Navarra |
País Valenciano
País Vasco
Región Murciana
Rioja |
| |
|
TIPO DE ACUERDO:
Pacto de estabilidad
ORDENACIÓN:
3 Bolsas de Trabajo:
- Bolsa Preferente: constituida
por quienes acreditaron un año de trabajo en la Comunidad hasta
2002. Se ordena según experiencia docente.
- 2ª Bolsa: formada por quienes,
estando fuera del pacto de estabilidad, acreditan algún tiempo
de trabajo en la Comunidad. Se ordena según experiencia docente.
- 3ª Bolsa: integrada por
quienes se presentan a oposiciones, por integrantes de bolsas de convocatorias
extraordinarias y por miembros de listas vigentes.
BAREMO:
- Nuevos aspirantes: según número
de pruebas de oposición superadas y nota obtenida.
- Bolsas de convocatorias extraordinarias:
Experiencia: 40% Formación académica: 40% Cursos: 20%
VIGENCIA:
2003-2008
Índice |
Principal
|
| |
|
TIPO DE ACUERDO:
Se elaboran nuevas listas con cada nueva convocatoria
de oposición.
ORDENACIÓN:
Dos listas ordenadas según
la mejor nota de los dos últimos procesos selectivos.
BAREMO
VIGENCIA:
2008
Índice |
Principal
|
| |
|
TIPO DE ACUERDO:
Se elaboran nuevas listas con cada nueva convocatoria
de oposición.
ORDENACIÓN:
Lista única por especialidad elaborada según baremo
BAREMO:
- Experiencia docente: 45%
- Nota de oposición: 35%
(cuenta la mejor nota obtenida desde 1994)
- Formación Académica:
10%
- Otros méritos: 10%
VIGENCIA:
Índice |
Principal
|
| |
|
TIPO DE ACUERDO:
Pacto de estabilidad. Se abren nuevas listas cuando se
agotan las vigentes.
ORDENACIÓN:
Listas cerradas ordenadas por bloques:
- Bloque 1: interinos que estaban
en listas en 1998 y acreditaban un año de experiencia (entre
1993-98). Exigido nivel lingüístico.
- Bloque 2: Integrado por el resto
de aspirantes que no cumplían esos requisitos.
- Bloque 3: Integrado por quienes
solicitaron interinidad por primera vez en el curso 1999/2000 y quienes
renunciaron a oferta sin causa justificada.
BAREMO:
- Ordenadas por antigüedad.
- El nivel de conocimiento del
catalán también es criterio para la ordenación
de listas
VIGENCIA:
1998-2004
Índice |
Principal
|
| |
|
TIPO DE ACUERDO:
Pacto de estabilidad.
ORDENACIÓN:
Distinción entre "interinos" y "sustitutos".
No es obligatoria la presentación
a concurso oposición, pero la promoción en listas depende
de la superación de todos los ejercicios. En tal caso:
a). Los no incluidos en listas
se agregan tras el último sustituto.
b). Los incluidos en listas de
sustitutos, pasan a la cabeza de la lista.
c). Los incluidos en lista de interinos,
pasan a la cabeza de la lista.
BAREMO:
Doble sistema de acceso a listas de sustituciones:
a). Bolsas extraordinarias de sustitutos
ordenadas según baremo de la convocatoria.
b). Aprobando todos los ejercicios de oposición
se pasa a listas tras el último sustituto nombrado a 31 de diciembre
VIGENCIA:
Índice |
Principal
|
| |
|
TIPO DE ACUERDO:
Pacto de estabilidad. Listas para cobertura de vacantes
estables.
ORDENACIÓN:
Dos tipos de listas ordenadas según baremo:
- Cobertura de vacantes: cerrada, compuesta
por integrantes de las preexistentes. Se exige opositar en cualquier
territorio.
- Cobertura de sustituciones: abierta a
partir de oposiciones. Con cada convocatoria, los integrantes de la
lista de sustituciones pasan a formar parte de la lista de vacantes
y se renueva la de sustituciones. Para permanecer en ellas, se exige
opositar en Cantabria.
BAREMO:
- Experiencia docente: 33,3 %.
- Nota ejercicio de oposición:
33,3 %
- Formación y méritos:
33,3 %
- Bonificación de un punto
por cada ejercicio de oposición superado.Doble sistema de acceso
a listas de sustituciones:
VIGENCIA:
Indefinido
Índice |
Principal
|
| |
|
TIPO DE ACUERDO:
Renovación y rebaremación con cada convocatoria
de oposiciones. Obligatoriedad de presentarse a oposición.
ORDENACIÓN:
Listas únicas.
BAREMO:
- Experiencia docente: 55 % (se
valora más la experiencia en la Comunidad Autónoma).
- Nota de oposición: 25%
- Expediente académico
y otros méritos: 20 %
- Bonificación de 0.5 puntos
por cada ejercicio de oposición aprobado.
VIGENCIA:
Índice |
Principal
|
| |
|
TIPO DE ACUERDO:
Pacto de estabilidad. Se exige, a los integrantes de
la lista Primera, opositar en cualquier territorio y, a los integrantes
de la Lista Segunda, opositar en La Mancha.
ORDENACIÓN:
2 listas: la primera ordenada por experiencia y la segunda por nota
de oposición.
-
Lista Primera: personas que
formaban parte de las listas o bolsas extraordinarias y han tenido
contrato entre 2001 y 2004. Se añaden quienes han aprobado
los dos ejercicios de la oposición.
-
Lista Segunda: integrada por
quienes hayan obtenido calificación en la oposición
BAREMO:
VIGENCIA:
2004-2008
Índice |
Principal
|
| |
|
TIPO DE ACUERDO:
Pacto de estabilidad
ORDENACIÓN:
Listas divididas en tres bloques. Cuando se trabaja en los bloques 2
ó 3, se pasa a integrar el bloque 1.
-
Bloque 1: personal con servicios
prestados en la comunidad y por experiencia.
-
Bloque 2: apirantes admitidos
pero sin experiencia, ordenados según año de convocatoria
y baremo de la misma.
-
Bloque 3: Aspirantes admitidos
en la última convocatoria, ordenados según baremo
de la misma.
BAREMO:
-
Experiencia docente: 66,6 %
-
Formación Académica:
33 %
-
Obligatoria la capacitación
lingüística en catalán.
VIGENCIA:
Índice |
Principal
|
| |
|
TIPO DE ACUERDO:
Pacto de estabilidad. Obligatoriedad de presentarse a
oposición.
ORDENACIÓN:
Dos tipos de listas:
-
Lista Preferente: formada por quienes
integraban las listas del curso 1999-2000 y acreditaban 5 meses
y medio de trabajo en los últimos dos años. Conservan
el orden.
-
Lista General: integrada por quienes
participan en la oposición y solicitan su inclusión.
Ordenada según baremo
BAREMO:
Lista General:
-
Experiencia Docente: 40%
-
Nota Oposición: 40%
-
Otros Méritos: 20%
VIGENCIA:
Índice |
Principal
|
| |
|
TIPO DE ACUERDO:
Pacto de estabilidad.
ORDENACIÓN:
Lista de Espera única ordenada en dos bloques:
BAREMO:
Primer bloque:
Segundo bloque:
VIGENCIA:
Índice |
Principal
|
| |
|
TIPO DE ACUERDO:
Pacto de estabilidad. Obligatoriedad de opositar en cualquier
Territorio
ORDENACIÓN:
Tres bloques, ordenados según antigüedad en acceso a la
docencia:
-
Interinos pertenecientes a
las listas existentes.
-
Interinos que realizaron sustituciones,
según el orden de acceso a las mismas.
-
Participantes en las oposiciones,
ordenados según el número de ejercicios superados
y la nota.
BAREMO:
VIGENCIA:
Índice |
Principal
|
| |
|
TIPO DE ACUERDO:
Pacto de estabilidad. Pueden incorporarse
quienes aprueben algún ejercicio de oposición o quien
haya sido contratado mediante convocatoria extraordinaria de bolsa de
trabajo.
ORDENACIÓN:
Lista única ordenada según baremo.
BAREMO:
VIGENCIA:
2004-2008
Índice |
Principal
|
| |
|
TIPO DE ACUERDO:
Pacto de estabilidad.
ORDENACIÓN:
Dos bolsas de trabajo:
-
Bolsa de Profesorado interino con servicios
prestados. Ordenada por antigüedad.
-
Bolsa de Profesorado sin servicios prestados:
se integran quienes opositan en la Comunidad y aprueban alguna fase.
Se ordenan según pruebas superadas y puntuación. Son
excluidos quienes no logran contrato de trabajo antes de la siguiente
convocatoria.
BAREMO:
Prima el criterio de antigüedad.
VIGENCIA:
2004-2008
Índice|
Principal
|
| |
|
TIPO DE ACUERDO:
Pacto de estabilidad. Obligatoriedad
de presentarse a oposiciones.
ORDENACIÓN:
Dos listas por especialidad:
-
Lista de interinos estable,
ordenados por experiencia docente, formación y expediente
académico. Reúne a un 37 % del total.
-
Lista de interinos no estables,
ordenada por experiencia docente y méritos.
BAREMO:
- Requisitos: perfil lingüístico
y y titulación.
- Ordenación de listas
con primacía para la experiencia docente en la Comunidad
VIGENCIA:
2004
Índice |
Principal
|
| |
|
TIPO DE ACUERDO:
Listas abiertas. Se renuevan con cada convocatoria de oposición.
ORDENACIÓN:
Lista única formada por los anteriores integrantes y los presentados
a procesos selectivos.
BAREMO:
- Experiencia docente: 50%
- Nota oposición: 30%
- Expediente y formación:
20%
- Bonificación de 0.5 puntos
por cada año de permanencia ininterrumpida en listas de Rioja.
VIGENCIA:
Índice |
Principal
|
| |
|
TIPO DE ACUERDO:
Pacto de estabilidad. Obligatoriedad de realizar integramente la primera
fase de la oposición.
ORDENACIÓN:
Lista ordenada en dos bloques:
Interinos pertenecientes a las
listas existentes que hubieran trabajado en Murcia.
Participantes en las oposiciones, ordenados según baremo de la
convocatoria.
BAREMO:
VIGENCIA:
2004-2008
Índice |
Principal
|