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ESCOLARIZACIÓN: |
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NUESTRO MODELO DE ESCOLARIZACIÓN (Enero de 2000)
PARA ATENDER LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO Y PARA CORREGIR DESEQUILIBRIOS EN LA ESCOLARIZACIÓN, STEM EXIGE:
La presencia en la Escuela Pública de un porcentaje de alumnado que presenta algún tipo de desfase educativo ha generado, en el seno de la Comunidad Escolar un debate profundo. Desde algunos sectores se insiste en que la única respuesta válida para poder atender adecuadamente la diversidad del alumnado y poder compensar las necesidades educativas consiste en reducir drásticamente las ratios profesor/alumno en aquellos grupos que cuenten con la presencia de un determinado porcentaje de alumnos diagnosticados. Otros sectores llevan años incidiendo en la idea de un “reparto” de cupos entre los centros sostenidos con fondos públicos. En el marco de este debate, el STEM se manifiesta claramente por la idea de reducir las ratios y dotar de los profesionales necesarios a los centros, dado que las experiencias conocidas en materia de reparto se han saldado con netos fracasos, la idea de la “redistribución” encierra un fondo ideológico muy criticable, es jurídicamente inviable dentro de un Estado de Derecho y, por añadidura, puede abrir nuevas vías de privatización del sistema educativo.
1º Trasmite un fondo ideológico racista: por desgracia, desde distintos círculos se está divulgando un mensaje que identifica al alumnado inmigrante con el alumnado problemático o con el alumnado que presenta, necesariamente, desfases educativos. La representación de la realidad que dibuja que todos somos “clase media” y que los “distintos”, los “antagonistas”, los define la raza, cultura o religión, fue un discurso muy repetido en Europa hasta 1945 y ya conocemos las consecuencias que acarreó. Como todo prejuicio, este tipo de afirmaciones no incide en la complejidad de los hechos y encierra numerosas falsedades. El alumnado, según cuál sea su origen, puede presentar diferentes particularidades, fundamentalmente su lengua materna y la cercanía o lejanía de su grupo lingüístico con relación al castellano, y el nivel de escolarización con que llega a nuestro país. No se puede, por lo tanto, tomar al alumnado inmigrante como un conjunto homogéneo. Creemos, por tanto, que lo correcto es referirse a individuos concretos y a diagnósticos concretos. Hay múltiples actuaciones que se pueden emprender para afrontar un problema diagnosticado – trabajo de las Aulas de Enlace, horas de refuerzo educativo, trabajo en aulas de educación especial, etc.-. Cambiar de centro al alumno, en sí, no resuelve ninguna clase de desfase.
Las leyes garantizan que las familias pueden elegir cualquier centro educativo, sea público o concertado. Un hipotético reparto podría generar situaciones muy paradójicas. Imaginemos la situación de un alumno procedente de un país musulmán que se ve obligado a asistir a un centro concertado de carácter confesional. Suponemos que si el prejuicio social no se proyectase sobre la población inmigrante sino, por ejemplo, sobre los padres divorciados, la perspectiva de que el hijo de un ciudadano agnóstico fuese escolarizado obligatoriamente en un centro católico integrista movería, con seguridad, al rechazo y motivaría una apelación a los tribunales. En la actualidad, esa teórica libertad de elección está falseada por la posibilidad de los centros de titularidad privada de escoger a su alumnado y por la práctica de distintos cobros destinados a disuadir a los sectores sociales más modestos (aumento real de la cuota de comedor, actividades extraescolares cuasi obligatorias etc.…). Más que cualquier ensayo de ingeniería social, creemos que las soluciones vendrían de la mano de una modificación de la actual normativa de escolarización. Sería necesario establecer un modelo de escolarización centralizada, basada en un baremo objetivo y bajo el control de las administraciones, que haría posible la elección de centro por las familias (no de las familias por el centro). Sería precisa también una estricta vigilancia sobre las distintas cuotas que establecen los centros de titularidad privada, y proceder a la retirada inmediata de los conciertos e, incluso, el cierre administrativo ante cualquier denuncia probada de discriminación en razón a la raza, cultura, religión o clase social 3º. Favorece los fenómenos de privatización. El hipotético reparto de alumnado con desfases educativos sólo puede contribuir a inflar aún más las ratios en las aulas de la red privada-concertada y a elevar la presión a favor de una ampliación de los conciertos. En este caso, proporcionando un importante arma ideológica al justificar la concertación como un elemento de servicio a la sociedad. 4º. Las experiencias de reparto existentes se han saldado con fracasos. Quienes eligen la enseñanza pública voluntariamente lo hacen por dos motivos importantes: proximidad y garantía de no discriminación. La heterogeneidad en el reparto de alumnado con desfases educativos es un reflejo directo de las diferentes variables sociales y culturales entre unas zonas residenciales y otras. Normalmente, un centro ubicado en un barrio obrero escolarizará a población obrera y a un sector de población que sufre algún fenómeno de exclusión social, mientras que un colegio ubicado en barriadas burguesas tendrá, mayoritariamente, un alumnado con ciertas ventajas en cuanto a situación económica y entorno cultural. Es habitual también que se solicite centro escolar atendiendo al consejo del círculo personal más allegado, por lo que, si un centro ha prestado una buena atención a un alumno con una problemática social determinada, es posible que ese centro sea buscado por ciudadanos con problemáticas semejantes. En todos los países que se han intentado articular modelos de reparto de alumnado (por ejemplo, EE.UU. con relación a la población afro-americana, basado en la idea de combatir los “guettos”) el resultado ha sido idéntico: una desescolarización rápida del alumno y, en el mejor de los casos, una vuelta a los centros de su entorno social. La presión social sobre el alumno trasplantado a un medio social extraño y, a menudo, hostil, siempre ha provocado no sólo el fracaso escolar sino una abierta huída. La política de Redistribuir alumnado de una manera artificial no es solucionar un problema sino crearlo. ¿Por qué? Porque nos distrae de poner el foco y la intensidad reivindicativa ante la administración educativa en lo realmente importante: la atención al alumnado real que debemos sacar adelante con las máximas garantías y la máxima ayuda de la administración educativa (léase mayor ayuda en medios humanos y ratios más bajas donde así lo aconsejen las circunstancias concretas del centro para asegurar una enseñanza pública de calidad a todos los alumnos. La petición de que se reparta alumnado nunca va a generar ninguna clase de compromiso práctico sobre las Administraciones educativas.
NUESTRO MODELO DE ESCOLARIZACIÓN (Enero de 2000) Lo que pedimos es tan fácil y tan difícil como cumplir en la práctica el mandato constitucional de no discriminar a las personas por razón de su religión, de su raza, de su nivel económico, de su procedencia, etc. Y, para ello, hay que desarrollar leyes, órdenes educativas que posibiliten la igualdad ante la ley y la no-discriminación. El derecho a la educación es un derecho universal de toda persona y debe ser ejercido sin ningún tipo de restricción por razones de raza, nivel económico, cultural, etc. Es urgente cambiar la normativa vigente sobre matriculación del alumnado. La legislación establece, sin quererlo o queriéndolo, un filtro importante en la escolarización: Da un poder real de veto a cada Consejo Escolar. El R.D. también establece un punto de libre disposición que cada Consejo Escolar distribuye como mejor le parece, y que aumenta más ese poder de veto. Porque las comisiones de escolarización, en la normativa actual, sólo deciden sobre los restos de escolarización, no sobre la parte más importante de ella. En consecuencia, el R.D. y la O.M. posibilitan en la actualidad que el centro elija al alumno y no al revés, que los padres elijan el centro donde quiera ser enseñado. Esa contradicción constitucional no puede ser "remendada", "arreglada", ni con la chapuza de un "reparto burocrático" del alumnado que, presuponemos, nos va a dar problemas, ni con cuotas burocráticas de admisión de alumnos con necesidades de compensación educativa. ¿Cuál puede ser una solución razonable para una matriculación más acorde con los principios constitucionales de igualdad?. El STEM plantea a la administración la posible solución a una escolarización más justa, que debe tener en cuenta lo siguiente: La creación de una Comisión Central de Admisión de Alumnos que vele por la limpieza del proceso. Esta comisión tendría como función la revisión de oficio de todas las solicitudes de admisión presentadas en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid y la remisión también de oficio de las reclamaciones a las que hubiese lugar a la Dirección Provincial, oídos previamente los padres o tutores. La Comisión podría delegar en subcomisiones(una por cada Dirección de Área Territorial) para la revisión de expedientes. En esta comisión central y las subcomisiones territoriales deben estar representados: La Administración, la patronal de centros concertados, los sindicatos de enseñanza y las Asociaciones de Padres. Además dado el avance de los sistemas informáticos actuales, el procedimiento más sencillo sería el de informatizar todos los datos e incluirlos en un proceso semejante al del Concurso de Traslados del Personal Docente. Sacándose, a continuación, un listado de contraste de admisiones, que sería la mayor garantía que la Administración puede ofrecer en este momento al cumplimiento de la norma. PROCEDIMIENTO
Además, debe tenerse en cuenta que el punto de libre disposición, que es un motivo práctico de discriminación real, encubierta y arbitraria, debe ser neutralizado otorgándose de oficio a todos los alumnos/as que soliciten matricularse (dado que su eliminación puede ser más difícil por ser exigencia de R. D.). Debe suprimirse la posibilidad actual de incrementar la ratio. En los colegios concertados debe abolirse la práctica, consentida por la administración, de cubrir hasta el máximo legal la ratio y, después, añadir de cupo dos alumnos con necesidades de compensación educativa y/o "con necesidades educativas especiales. En los centros sostenidos con fondos públicos qué tengan alumnos con necesidades de compensación educativa y con necesidades educativas especiales, debe aplicarse, como norma general, una reducción de ratio de 5 alumnos por aula. Más que cualquier otro criterio discriminatorio, por cuestión de raza, procedencia geográfica o extracción social debe tenerse en cuenta únicamente el retraso curricular escolar superior a dos años, para ello deben crearse unos Comités de Valoración del Retraso Escolar, que aplicarán unas pruebas al efecto y en los que deberán estar entre otros los sindicatos de enseñanza. |
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