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JORNADA CONTINUADA
UNA FORMA DE DISTRIBUCIÓN HORARIA
Septiembre 2005
La autonomía
de gestión de los centros educativos.
Históricamente
todas las leyes de nuestro sistema educativo actual han reconocido
y reconocen la autonomía pedagógica, organizativa
y de gestión económica de los centros para favorecer
la mejora de la educación.
Entendemos que la distribución del horario escolar dentro
de la jornada es potestad de la comunidad educativa, en virtud de
la autonomía que la ley reconoce.
No defendemos una generalización obligatoria impuesta desde
arriba de la jornada continuada y por la misma razón nos
oponemos al empeño de la Consejería de Educación
de la Comunidad de Madrid en mantener la jornada partida en contra
de la voluntad de las comunidades educativas que lo solicitan.
La postura del STEM es que la decisión sea democráticamente
asumida y con un amplio consenso por cada comunidad escolar. Con
votaciones hechas con plenas garantías democráticas,
con un proyecto de centro donde se reflejen pedagógicamente
todas las adaptaciones a la nueva distribución horaria escolar.
Proponemos que se respete el “ritmo” diferente de cada
comunidad escolar, de cada localidad o distrito en la implantación
de la jornada continuada y por supuesto defendemos en aras de esa
autonomía, el perfecto derecho de cada localidad, distrito
o centro escolar a permanecer en jornada partida.
Para el STEM no hay contradicción en admitir que hay tipos
diferentes de distribución horaria que no rompen la unidad
de currículo ni de horario lectivo en la educación
de infantil y primaria, sólo la distribuyen de otra forma.
Por último tenemos una razón profunda para defender
la autonomía de gestión y organizativa de los centros,
ya que es un principio fundacional de nuestro sindicato: entender
y sentir la democracia como una participación directa de
la ciudadanía en la toma de decisiones que les conciernen.
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Jornada
escolar.
La jornada escolar es única en todo el territorio del Estado
español, para todos los alumnos de infantil y primaria: 25
horas lectivas.
En Europa la distribución horaria no es homogénea:
(más información)
En Alemania, por ejemplo hay jornada continuada.
En Bélgica, en la mayor parte de los centros, comienzan las
clases a las 8:30h, tienen un período de descanso de (hora
y media), a media mañana, ya que la hora de la comida es
a las 12:00h, terminan a las 3:20h y un día a la semana,
el miércoles, terminan la jornada a las 12:00h.
En las diecisiete comunidades del Estado español hay diversidad.
Tienen jornada continuada: Andalucía, Asturias, Baleares,
Canarias, Castilla-León, Castilla la Mancha, Extremadura,
Ceuta, Melilla, Galicia, Madrid , Murcia. En estas comunidades autónomas,
la jornada continuada está implantada total o parcialmente
en su territorio.
En el caso de Madrid, hay zonas en las que la jornada continuada
está instaurada de forma generalizada, por ejemplo Alcalá
de Henares, otras a las que no se lo conceden por más que
lo piden y otras que no se lo plantean.
No hay argumentos científicos de peso ni manifiestamente
negativos en contra de la jornada continuada, por lo menos no se
han hecho públicos por parte de las autoridades educativas
que se oponen a ella.
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Contrariamente,
estudios que se han realizado en el Seminario Internacional Complutense
por el Departamento de Psicología Diferencial y de Psicología
del Trabajo, Madrid, Abril 2002, (Traducido y resumido por el STEM
en su documento “Ritmos psicológicos y jornada escolar”),
manifiestan que los resultados de la actividad intelectual de los
alumnos en la sesión de tarde es proporcional a la edad,
( a mayor edad mayor rendimiento y a menor edad menor rendimiento),
es decir que los alumnos de primaria deberían acumular su
horario en la mañana para poder obtener mayor rendimiento
mientras que los de secundaria podrían obtener un buen rendimiento
por la tarde.
STEM defiende la flexibilización horaria de acuerdo con las
necesidades de cada comunidad educativa. Defendemos el derecho a
tener jornada continuada y a señalar sus ventajas, avaladas
por la experiencia. Pero somos tremendamente respetuosos con cualquier
otro tipo de organización horaria que defienda cada comunidad
educativa.
La obligación legal común a todas las comunidades
educativas es:
-
El mismo horario lectivo del alumno: 25 horas.
-
El mismo currículo escolar.
-
La misma titulación de su profesorado.
-
Los medios técnicos y pedagógicos necesarios.
No se debe confundir jornada laboral del profesorado con distribución
del horario lectivo del alumno.
El profesorado no tiene por qué tener el mismo horario que
el alumnado y defender su jornada laboral no tiene por qué
estar unido a reivindicar el derecho de cada comunidad escolar a
pedir una determinada distribución horaria.
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Necesidades sociales.
La sociedad actual ha cambiado. La escuela debe adaptarse a esos
cambios, a los nuevos tiempos.
La incorporación de la mujer al trabajo, para su realización
como persona y no solo para contribuir con sus ingresos a la unidad
familiar, la existencia de distintos tipos de unidades familiares,
los distintos tipos de jornadas laborales, crean necesidades sociales
que provocan un cambio de organización horaria que la escuela
debe contemplar.
Una sociedad plural y diversificada necesita soluciones plurales.
La jornada continuada es una distribución horaria escolar
que demandan las comunidades educativas que, como tal, debe ser
cubierta.
Hay un argumento falaz que presupone que la implantación
de la Jornada Continuada abocaría a muchos padres a retirar
a sus hijos de la Escuela Pública. El hecho real es que son
los padres de la Escuela Pública los que piden la Jornada
Continuada véase los movimientos de los padres de Alcalá,
Torrejón, etc.
Además, si en una población el consenso fuese mayoritariamente
extendido y uniforme a favor de la Jornada Continuada, un colegio
de dicha población puede quedar con otro tipo de distribución
horaria en atención a las familias que les resulte más
conveniente. Es decir, no hay por qué uniformar la jornada
de todos los centros de una misma localidad.
Incluso pensamos que hay que ir más allá de esta dos
formas de organización horaria, se podría dar el caso
de una comunidad educativa que por sus características necesitaran
tener una distribución horaria escalonada en que los alumnos
se incorporaran a las clases en horarios distintos.
Algunos abogan por una generalización obligatoria y desde
arriba de la Jornada Escolar. Eso sí podría dañar
a la Escuela Pública al no respetar la pluralidad de voluntades
ni el "ritmo” diferente de cada comunidad escolar.
Pensamos que los centros escolares públicos deben permanecer
abiertos a la comunidad ciudadana todo el tiempo necesario allí
donde estén ubicados. Esta medida no debe estar sujeta al
oportunismo ni al electoralismo previo a unas elecciones sino que
debe estar garantizada porque la necesidad social existe.
El debate sobre la ampliación de los horarios de apertura
y cierre de los centros por más tiempo del estrictamente
escolar es otro debate diferente al de la jornada escolar.
¿De qué depende que los centros escolares permanezcan
más tiempo abiertos? :
-
De las necesidades reales que pida y/ o exija la comunidad educativa
o ciudadana que rodea al centro escolar.
-
Del grado de implicación de las autoridades locales y educativas
de la comunidad ciudadana a la que representan.
-
De las disponibilidades económicas que tengan y quieran
emplear las administraciones publicas local y autonómica.
Hay un consenso, suponemos que total, en la premisa de la mayor
y mejor utilización de un centro público para el beneficio
de la comunidad escolar y ciudadana en la que esté situado,
pero no hay relación causa-efecto con el tipo de jornada
que el centro tenga.
El comedor escolar nace para cubrir una necesidad social de permanencia
en los centros de los alumnos que necesitan este servicio. Desde
nuestro punto de vista se debería garantizar la permanencia
en el centro a la hora de la comida a los alumnos de forma gratuita.
Y lo mismo se podría decir del servicio de desayuno. Estos
servicios son necesarios para la comunidad educativa y deben ser
atendidos por personal cualificado y no hay por qué relacionarlos
con la distribución horaria de las 25 horas semanales de
la jornada escolar, atendida por profesores.
En la actualidad el servicio de comedor está garantizado
en cualquier tipo de distribución horaria, siempre que los
padres lo soliciten.
Hay una serie de padres que creen que la jornada continuada les
perjudica. Nada más lejos de la realidad. La distribución
horaria continuada les facilita una Jornada escolar más a
la carta, más acorde a sus necesidades e intereses, pues
les da muchas más posibilidades de margen horario en uno
de sus problemas básicos: la recogida de sus hijos.
El abanico horario es amplio:
-
Pueden recoger a sus hijos al finalizar la jornada escolar diaria
y comer con ellos en casa.
-
Pueden recogerlos después de haber hecho uso del comedor
escolar.
-
Pueden recogerlos habiendo comido en el Colegio y previo al desarrollo
de las actividades extra escolares propiamente dichas.
Pueden recogerlos a distintas horas de la tarde según las
actividades que quieran que hagan sus hijos.
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Normativa.
En la Comunidad Autónoma de Madrid la Consejería de
Educación tiene plena autonomía de gestión
y legislativa desde el 1 de Julio de 1999.
La normativa actual vigente sobre Jornada Escolar proviene de la
Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma
de Madrid. Es la Orden 1247/2005, BOCM 3 de marzo de 2005 Modificada
por la 2319/2005 BOCM 28 de abril de 2005. (Desarrollada en el documento
del STEM “Legislación actual sobre jornada continuada”)
No estamos de acuerdo con ella en los siguientes puntos básicos:
1. Hay un error de concepción, fundamental: Considera a la
Jornada continuada una excepción de la Jornada escolar.
El
STEM mantiene que la Jornada continuada es otra razonable manera
de aplicar el horario escolar. En realidad para el STEM hay una
única jornada escolar y diferentes distribuciones horarias
de igual rango y efectividad educativa.
2. La Orden dice que los centros educativos deberán adjuntar
la acreditación de estar incluidos en Planes Comarcales,
Locales o Sectoriales de Mejora y Extensión de lo Servicios
Educativos como requisito previo e imprescindible a la aprobación
de solicitud.
El STEM piensa que este requisito previo e imprescindible
es un encubrimiento de la obligación que tienen las Administraciones
Públicas de atender las necesidades sociales de la comunidad
en la que están inmersas.
3. Para que la votación sea considerada como válida
en la consulta a padres y madres, deberán participar en ella
un mínimo de dos tercios del total de padres y madres que
componen el censo, y para que la propuesta se considere aprobada,
deberá constar la conformidad de un mínimo de dos
tercios de los votantes.
El STEM piensa que este tipo de votación imposibilita
la participación, y no es utilizada para constituir ningún
organismo relacionado con la Escuela. Se debería facilitar
la consulta para la organización de la jornada escolar de
la misma manera que se hace para que un alumno reciba enseñanza
religiosa. En la que no se pide más que sea el padre o la
madre, uno sólo, el que firme un papel dando su conformidad.
4. La Orden pretende que la hora exclusiva se haga después
de hora y media de finalizar el horario lectivo. Y que una de esas
horas podría situarse a continuación de la jornada
lectiva si se dedica a la atención de las familias de los
alumnos.
El STEM defiende que es el claustro quien debe decidir cuando
hace la exclusiva. Y será su proyecto educativo de centro
y los acuerdos a los que se lleguen con las familias de cada comunidad
educativa lo que decida donde colocar la hora de comunicación
profesor- padres o tutores.
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Actividades
extraescolares.
La sociedad en su cambio permanente tiene unas demandas que el Estado
no esta ofreciendo. En estos momentos reclama la atención
a los niños no solamente en la jornada escolar de 5 horas
diarias, sino en una ampliación de la misma que permita a
las familias desarrollar el trabajo de cada uno de sus miembros,
hombre - mujer, así como del descanso merecido de sus jubilados
abuela-abuelo.
Las Administraciones Públicas deben atender a todos los alumnos
en edad escolar obligatoria de forma gratuita, durante el horario
de trabajo de sus padres o tutores.
En este momento, las actividades extraescolares están encubriendo
la ausencia de servicios complementarios a la enseñanza cuya
demanda es más acuciante. Su realización aportaría
mejores resultados, como utilización de bibliotecas escolares,
estudio asistido, centros de servicios informáticos y actividades
deportivas y musicales. Que deberían ser gratuitas, y ser
ofertadas por otros estamentos que no son la escuela y cubrirían
unas necesidades que están reclamando los padres.
El horario lectivo actual obligatorio de los alumnos es de 25 horas.
Ese es el que debe garantizar los conocimientos suficientes a todos
por igual. Es el que garantiza la igualdad de oportunidades.
El STEM quiere dejar muy claro que la distribución del horario
lectivo escolar no puede estar condicionada a la organización
que se haga del tiempo libre de los niños en edad escolar.
STEM piensa que utilizar las instalaciones escolares para desarrollar
actividades gratuitas fuera del horario escolar es necesario, pero
eso no debe condicionar para nada el horario escolar obligatorio.
Y reivindica que sean las Administraciones Públicas las que
se hagan cargo de cubrir las necesidades que la comunidad educativa
está demandando día a día.
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Conclusiones.
1. La implantación de la distribución horaria continuada
tiene que hacerse con un amplio consenso de padres y profesores,
pero no llegar al extremo de que la consulta sea imposible de realizar.
2. Estamos por la Jornada continuada como objetivo razonable para
las comunidades educativas que lo demanden.
3. En la distribución horaria continuada, repitamos lo obvio,
permanece el mismo horario lectivo escolar, distribuido en ritmos
de trabajo que pueden producir mayor rendimiento y el mismo currículo
escolar.
4. Tanto la Jornada continuada como otro tipo de distribución
horaria NO IMPIDEN que el centro escolar pueda estar abierto antes
de la Jornada escolar lectiva, de 7,30 a 9 h y después de
16h hasta las 20h/21h...Se está haciendo ya en algunos centros
de la Comunidad de Madrid aunque no de manera gratuita que sería
lo deseable.
5. No es honesto ni lícito moralmente, confundir a la comunidad
escolar (desaparecerá el comedor escolar, los colegios se
cerrarán después del horario lectivo, ...) porque
la realidad es esclarecedora: nada de eso ocurre en la práctica
en los colegios públicos de la Comunidad de Madrid que tienen
la Jornada Continuada.
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Jornada continua
y racionalización de los horarios (Junio 2006)
La actual orden sobre jornada escolar es tremendamente
restrictiva. Por ello abogamos por una nueva orden o por un cambio
sustancial en, por lo menos, 4 aspectos.
Reseñamos aspectos fundamentales a cambiar:
1º Hay una única jornada escolar y diferentes distribuciones
horarias:
partida y contínua, de igual rango y efectividad educativa.
Por tanto, es un error concebir la distribución horaria contínua
como una excepción, además de ser un anacronismo.
2º El Ayuntamiento de una localidad o distrito donde esté
ubicado el centro puede dar su opinión como miembro de la
comunidad educativa pero no debe tener poder de veto sobre la distribución
horaria de la jornada escolar ni ser su asentimiento requisito previo
e imprescindible. La función del Ayuntamiento es respaldar
lo que la comunidad educativa haya decidido por mayoría y
colaborar con ella en su ejecución.
3º Parece una condición muy draconiana para validar
el proceso de implantación de la distribución horaria
continua la exigencia de la participación de los 2/3 del
censo electoral de padres y a su vez los 2/3 de los votantes. Parece
meridianamente claro la intención de paralizar “sin
die” el proceso de implantación de la distribución
horaria continua.
En cualquier proceso democrático de calado mayor: elecciones
generales, autonómicas, municipales etc no se exigen los
2/3 del censo electoral ni los 2/3 de los votantes de ese censo
para que determinado partido o coalición pueda gobernar en
su ámbito. Sólo se necesita mayoría absoluta.
Si en nuestro ordenamiento legal se llevase a cabo este “reforzamiento
de legitimidad democrática” tendríamos serios
problemas de validación de muchas votaciones/elecciones democráticas.
Además existe una incongruencia enormemente significativa:
una vez aprobada la distribución horaria continua con el
máximo “rigor democrático” de los 2/3
si con el tiempo una comunidad decidiese su vuelta a la distribución
horaria anterior sólo se necesitaría la mayoría
absoluta de los miembros del Consejo Escolar y la mayoría
absoluta de los votantes.
4º El claustro del centro debe tener potestad de elección
en fijar con libertad cuando cree conveniente desarrollar la hora
de exclusiva como sucede en la distribución horaria partida.
Se ve claramente y de nuevo las dos varas de medir una distribución
horaria continua a otra partida.
Creemos que uno de los problemas alegados para oponerse a la distribución
horaria continua es la falta de garantías de la realización
de las actividades extra escolares. Estimamos que en muchos ayuntamientos
no existe este problema dado que dos organizaciones tan potentes
y tan serias como el Consistorio y la Fapa Giner de los Ríos
las garantizan y además creemos que son capaces de coordinarse
para no solaparse y dar un mejor servicio a la comunidad educativa.
No abogamos porque los Ayuntamientos se haga defensor e impulsor
de la distribución horaria continua. Pero tampoco lo contrario.
Pedimos algo más elemental, que sea neutral. Y cuando se
produzca el deseo de la comunidad escolar en uno o varios centros
por la implantación del horario continuo se respete y no
se ejerza el derecho a veto que le otorga la actual orden sobre
jornada escolar.
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La racionalización de horarios.
La sociedad española aunque de forma tardía está
empezando a reaccionar sobre la enorme contradicción que
supone ser el país que tiene el horario laboral más
dilatado de la U.E. y el de menor productividad en el trabajo En
este terreno no estamos adaptados a Europa, de ahí la importancia
de la existencia de una Comisión Nacional para la Racionalización
de los Horarios Españoles y su Normalización con los
de los demás países de la UE .En esta comisión
hay representación empresarial, sindical, cultural, sociedad
civil, administraciones públicas a nivel estatal y autonómico.
Además, en abril de 2006, se ha puesto en marcha El Observatorio
de los horarios que analizará exhaustivamente los horarios
de los distintos sectores socioeconómicos en cada una de
las Comunidades autónomas de nuestro país.
Aunque la racionalización de los horarios abarca la flexibilización
de los mismos, la tendencia mayoritaria apunta a que la jornada
laboral sea continua. El gran escollo en este momento es la patronal
CEOE. Los sindicatos con representación en el tejido laboral
deben luchar de una manera prioritaria por conseguir que en los
convenios colectivos quede reconocida la racionalización
de la jornada laboral que haga compatible la vida laboral con la
familiar
Es en este contexto donde no entendemos cómo buscar racionalidad
en la distribución del horario escolar por medio de la distribución
horaria continua esté tan castigado por algunos ayuntamientos
y por una orden sobre jornada escolar que hace casi imposible, además
de por otras cortapisas, por la imposición de participar
en la votación los 2/3 del censo y, sobre el total de votos
emitidos, una mayoría cualificada de 2/3 afirmativos.
Hay cada vez un número creciente de padres que estiman que
la distribución horaria continua les hace conciliar la vida
laboral y familiar mejor porque - no nos engañemos - los
que piden la jornada continuada en los CEIP son los padres y madres
de alumnos.
Por el contrario, hay otros padres que creen que la jornada continua
les perjudica: Nada mas lejos de la realidad: La distribución
horaria continua les facilita una jornada escolar más a la
carta, más acorde a sus necesidades e intereses, pues les
da muchas más posibilidades de margen horario en uno de sus
problemas básicos : la recogida de sus hijos.
El abanico horario es amplio:
- Pueden recoger a sus hijos al finalizar la jornada escolar diaria
y comer con ellos en casa.
- Pueden recogerlos después de haber hecho uso del comedor
escolar.
- Pueden recogerlos habiendo comido en el colegio y previo a
las actividades extra escolares propiamente dichas.
- Pueden recogerles a distintas horas de la tarde según
sus actividades que quieran que hagan sus hijos.
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